
Habrá que tener en cuenta varios factores:
En primer lugar, es posible vender la propiedad aunque haya un contrato de arrendamiento en vigor, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos no impone restricciones legales al respecto.
Eso sí, es imprescindible revisar bien el contrato e informar al arrendatario por escrito de la intención de vender la propiedad. Si el contrato de arrendamiento incluye el derecho de tanteo y retracto, el propietario deberá ofrecerle la opción preferente de compra, comunicándole el precio y las condiciones esenciales de la venta; recomendable notificarlo por escrito
Si en el contrato de arrendamiento se incluye la renuncia explícita al derecho de tanteo y retracto o simplemente el arrendatario no está interesado en adquirir la vivienda, lo ideal es llegar a un acuerdo con él respecto a permitir las visitas de posibles compradores, ya que el propietario no puede entrar en la vivienda sin permiso del inquilino y tampoco le puede obligar a recibir visitas si este se niega.
Por supuesto, el posible comprador ha de estar informado en todo momento de la existencia de un contrato de arrendamiento y las condiciones de dicho contrato, ya que con la compra de la vivienda se subrogaría como arrendador al contrato de alquiler en vigor.
En resumen y a grandes rasgos, SÍ es posible vender una vivienda alquilada, pero habrá que revisar el caso concreto y seguir el procedimiento legal, respetando los derechos y acuerdos con las partes.